A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante --·Demandado Santiago
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 031 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá D.C. y el resguardo indígena, generado por una investigación contra un ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de acto sexual violento agravado en concurso con acceso carnal violento en menor de 14 años.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los factores del fuero especial indígena para asignar la competencia.
El factor personal se cumple, pues se comprueba que el imputado miembro del resguardo.
No se acredita el factor territorial porque, los hechos ocurrieron en los barrios Galán y Serena en Suba Rincón de Bogotá, y no fue posible verificar que tales lugares correspondan a linderos geográficos de su comunidad o que en ellos se extiendan elementos culturales y/o sociales de la misma.
El factor objetivo no resulta determinante para la resolución de la controversia: para la sociedad mayoritaria, la conducta investigada es de alta nocividad y para la comunidad el altamente reprochada, con lo que se concluye la existencia de intereses concurrentes para juzgar la conducta.
Se observa cierto andamiaje institucional en la comunidad, pero, existen dudas respecto de las garantías de los derechos de procesados y víctimas, de quienes no está clara su participación dentro del proceso, no fue posible verificar mecanismos de respeto a las garantías de reparación integral del daño, de no repetición y de no revictimización, máxime, tratándose de menores de edad.
Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 031 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá D.C. y el resguardo indígena, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 031 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado contra el señor Santiago.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6360 al Juzgado 031 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá D.C. para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al resguardo indígena, y a los sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.